Para que prospere el denuncio a la propuesta de contrato, según los casos, sobre la mina matriculada considerada como abandonada, es necesario que el interesado presente la certificación de la correspondiente oficina sobre cancelación de la respectiva matrícula. Sin este requisito se rechazará de plano la solicitud al respecto. Sin embargo, si el denuncio se hiciere dentro del término comprendido entre la fecha de consumación de una causal de abandono y de la cancelación de la matrícula, será suficiente que el denunciante acompañe la certificación de la oficina respectiva sobre el hecho de haberse consumado la causal de abandono para que pueda prosperar su denuncio. 8°-Denuncio de minas matriculadas.
Decreto 837 de 1938 →Vigente
Artículo 37
Para Que Prospere El Denuncio A La Propuesta De Contrato, Según Los Casos, Sobre La Mina Matriculada Considerada Como Abandonada, Es Necesario Que El Interesado Presente La Certificación De La Correspondiente Oficina Sobre Cancelación De La Respectiva Matrícula
Decreto 837 de 1938 · Orgánico y reglamentario de la matrícula y el catastro de la propiedad minera
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.