El monto de las rentas y contribuciones nacionales que se recauden en el periodo económico de 1º de enero de 31 de diciembre de 1922 para atender a los gastos de la Administración Publica, se computa por aproximación en la suma de veintitrés millones seiscientos veinte mil quinientos pesos ($ 23.620,500), conforme al siguiente pormenor:
Se tendrán en cuenta como incluidas en este artículo las rentas y contribuciones que se establezcan por el presente Congreso, siempre que su recaudación deba empezar en el próximo año económico, y disminuidas o suprimidas las que se disminuyan o supriman en virtud de leyes que deban principiar a tener efecto en el mismo año.
En el caso en que establezcan por leyes del presente año nuevas rentas y contribuciones, cuya cobranza deba principiar antes de enero de 1922, su producto proporcional se acumulará al Presupuesto de rentas de 1921.
Presupuesto de gastos.