Micelio

Artículo 1467

-A Del Presupuesto Vigente, "para La Construcción, Reparaciones, Adiciones Y Mejoras, Dotación De Equipo De Los Diferentes Edificios Con Destino A Establecimientos De Educación En El País, Aporte Para El Stádium De Popayán, Compra De Terrenos, Locales O Edificios Para Los Mismos Establecimientos, Según Destinación Que Hará El Gobierno", Hácense La Siguiente Distribución Parcial: Ministerio De Educación Nacional

Decreto 2519 de 1951 · Por el cual se distribuye una partida

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Del saldo no distribuido, de la partida propia en el Capítulo 101, artículo 1467-A del Presupuesto vigente, "Para la construcción, reparaciones, adiciones y mejoras, dotación de equipo de los diferentes edificios con destino a establecimientos de educación en el país, aporte para el Stádium de Popayán, compra de terrenos, locales o edificios para los mismos establecimientos, según destinación que hará el gobierno", Hácense la siguiente distribución parcial: MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL. Capítulo 111, artículo 1467-A Ordinal 17. Para continuar las construcción de la escuela normal de varones de Tunja. $ 300.000.00 Ordinal 19. Para adiciones, mejoras y reparaciones del edificio el instituto Pedagógico Nacional 250.000.00 Ordinal 20. Para reparaciones del edificio de la Biblioteca Nacional 35.000.00 Ordinal 21. Para construcciones y reparaciones del Edificio de la Escuela anexa a la Escuela Normal Rural de Villa de Leyva 70.000.00 Comuníquese y publíquese. Dar en Bogotá a 7 de diciembre 1951. ROBERTO URDANETA ARBELÁEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio Alvarez Restrepo -El Ministro de Educación Nacional, Rafael Azula Barrera -El Ministro de Obras Públicas, Jorge Leyva .

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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