°. El Consejo de Monumentos Nacionales, a su vez propone la declaratoria de reserva arqueológica, toda la hacienda Tequendama I, denominada "El Cerro", ubicada en el Municipio de Soacha, por sus múltiples riquezas arqueológicas, esparcidas por toda la hacienda. Los linderos son los siguientes: Por el Norte con las Empresas Unidad de Energía Eléctrica; por el Sur, con Ernesto González, Julio Pizano y Empresas Unidad de Energía Eléctrica; por el Oriente, con Empresas Unidas de Energía Eléctrica, y por el Occidente, con Proto Mesa y Empresas Unidas de Energía Eléctrica. Con una cabida de 275 fanegadas y 1.069, 84 V. C
Decreto 969 de 1971 →Vigente
Artículo 3
El Consejo De Monumentos Nacionales, A Su Vez Propone La Declaratoria De Reserva Arqueológica, Toda La Hacienda Tequendama I, Denominada "el Cerro", Ubicada En El Municipio De Soacha, Por Sus Múltiples Riquezas Arqueológicas, Esparcidas Por Toda La Hacienda
Decreto 969 de 1971 · Por el cual se declara sitio histórico un sector de la hacienda Tequendama I, en el Municipio de Soach
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.