Micelio

Artículo 19

Decreto 4530 de 2008 · por el cual se modifica la estructura del Ministerio del Interior y de Justicia y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Dirección de Acceso a la Justicia. Son funciones de la Dirección de Acceso a la Justicia, las siguientes

1.

Formular propuestas de política de justicia alternativa con observancia de las políticas integrales del Estado en materia de Justicia.

2.

Asesorar a las autoridades administrativas del orden municipal, departamental y nacional en el desarrollo institucional y el diseño y aplicación de planes y programas relacionados con el acceso a la justicia y el mejoramiento de la convivencia ciudadana.

3.

Diseñar, gestionar y participar en la ejecución de proyectos que permitan generar nuevos modelos de acceso a la justicia y mejoramiento de la convivencia ciudadana.

4.

Diseñar estrategias para difundir, fomentar y fortalecer el uso de los mecanismos alternativos de solución de conflictos y su relación con los distintos operadores de justicia en el territorio nacional.

5.

Cumplir con las funciones asignadas por la ley en materia de regulación, inspección, control y vigilancia de los operadores y los mecanismos alternativos de solución de conflictos.

6.

Diseñar estrategias para fomentar la utilización de medios comunitarios de solución de pequeñas causas y el ejercicio de jurisdicciones especiales.

7.

Analizar la conflictividad social y proponer estrategias para encauzarla a facilitar el acceso a la justicia alternativa o formal o transicional.

8.

Definir y desarrollar programas tendientes a la promoción de la solución extrajudicial de conflictos, a la participación de la comunidad en los respectivos proyectos y a la capacitación comunitaria para tal efecto.

9.

Orientar a las Juntas de Acción Comunal en lo relacionado con las Comisiones de Convivencia y Conciliación de que trata el artículo 45 de la Ley 743 de 2002, siguiendo el Marco de Implantación que sobre la materia establezca el Ministerio.

10.

Promover, evaluar y realizar los análisis, estudios e investigaciones necesarios para generar conocimiento y el fortalecimiento de las políticas de acceso a la justicia.

11.

Proponer proyectos de ley o de actos legislativos o de reformas legislativas, así como efectuar el análisis normativo y jurisprudencial en coordinación con la Dirección de Ordenamiento Jurídico y con la Oficina de Asuntos Legislativos en la presentación, discusión y seguimiento, en materia de su competencia.

12.

Participar en las Juntas, Comisiones, Comités y Grupos Técnicos de los cuales haga parte o por delegación del Ministro o Viceministros.

13.

Atender las peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia.

14.

Las demás funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 4530 de 2008