Micelio

Artículo 209

Partida De Alimentación

Decreto 89 de 1984 · Por el cual se reorganiza la carrera de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Partida de Alimentación. Los Alféreces, Guardia marinas, Pilotines, Cadetes y los alumnos de las Escuelas de Formación de Suboficiales, tendrán derecho a una partida de alimentación que será fijada por Resolución Ministerial, la cual ingresará al presupuesto de la respectiva Escuela.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 89 de 1984