Micelio

Artículo 1

º

Decreto 1207 de 1996 · por medio del cual se reglamenta el funcionamiento de la Cámara de Compensación Interbancaria del Banco de la República y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Servicio de Compensación interbancaria. De conformidad con lo previsto en los artículos 23 de la Ley 31 de 1992 y 24 del decreto 2520 de 1993, el Banco de la República continuará prestando el servicio de compensación interbancaria, el cual comprende cheques y otros documentos de pago presentados por los establecimientos de crédito para tal fin.

Parágrafo

Para efectos del presente artículo se entenderá por documento de pago, los comprobantes de pago a través de cajeros automáticos, los comprobantes de pago con tarjetas de crédito o débito distintos de los anteriores, las transferencias ordenadas por medio magnético o electrónico y los demás documentos de similares características que determine el Consejo de Administración del Banco de la República en el Reglamento Operativo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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