Micelio

Artículo 2

Ley 13 de 1879 · Por la cual se prorroga la subvención concedida al Estado del Magdalena

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 2.° La próroga que concede el artículo anterior comenzará a contarse desde el 1. De setiembre del año próximo pasado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 13 de 1879