La presente resolución rige desde la fecha de su publicación y deroga la Resolución Externa 21 de 1993, con excepción de los artículos 30 y 96 que mantienen su vigencia para efectos de los previsto en los artículos 80 y 83 de la presente resolución. Las normas relacionadas con los comisionistas de bolsa solo tendrán efectos a partir del 1 de julio de 2000.
Resolucion 8 de 2000 →Vigente
Artículo 86
Vigencia
Resolucion 8 de 2000 · Por la cual se compendia el régimen de cambios internacionales.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.