º. En la liquidación oficial del impuesto de renta y complementarios de los contribuyentes beneficiados con la exención, deberá establecerse el monto definitivo de la inversión en acciones de la Empresa Colombiana de Turismo S.A., y la diferencia entre el valor de la inversión establecida en la liquidación privada, y el que se fije en la liquidación oficial, deberá suscribirse dentro del mismo término que exista para pagar el saldo de los impuestos determinados en la liquidación oficial. La demora en la suscripción de las acciones de la Empresa Colombiana de Turismo hará perder el derecho a la exención. Y si este evento ocurriere, la Jefatura de Rentas e Impuestos Nacionales, a solicitud de la mencionada Empresa, revisará la correspondiente liquidación del impuesto de renta y complementarios, con el fin de gravar las inversiones y rentas sobre las cuales se hubiera concedido la exención. Cuando en la liquidación definitiva o en providencia de las Recaudaciones Principales de las Administraciones de Hacienda o de la Jefatura de Rentas e Impuestos Nacionales, se determine un menor valor de las inversiones en acciones de la Empresa Colombiana de Turismo S.A., el saldo a favor del contribuyente se tendrá en cuenta para futuras inversiones.
Decreto 49 de 1958 →Vigente
Artículo 4
En La Liquidación Oficial Del Impuesto De Renta Y Complementarios De Los Contribuyentes Beneficiados Con La Exención, Deberá Establecerse El Monto Definitivo De La Inversión En Acciones De La Empresa Colombiana De Turismo S
Decreto 49 de 1958 · por el cual se adiciona el Decreto legislativo número 0272 de 1957.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.