º . Plazo. El plazo de dos meses para iniciar labores en el lugar de destino o para regresar al país una vez concluida la designación, aplica a quienes sin pertenecer a la Carrera Diplomática y Consular, desempeñaren cargos en el exterior. Dicho plazo se contabilizará a partir del día siguiente a aquel en el cual fuere notificado el acto administrativo correspondiente.
Decreto 1925 de 1999 →Vigente
Artículo 6
Decreto 1925 de 1999 · por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto 1181 de 1999
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.