Micelio

Artículo 2

Decreto 609 de 1882 · Que reglamenta la ejecución de la ley 72 del presente año, por la cual se dispone la orden que en adelante debe observarse en la construcción del Capitolio Nacional, y se manda disponer de ciertos edificios de propiedad nacional ubicados en esta ciudad, con los destinos que en la misma se expresan

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 2.° El Arquitecto nacional determinará cuál es el ancho de la faja de terreno necesaria para dar más amplitud al Capitolio por la parte del Sur y, para construir en ella el Palacio legislativo; para lo cual levantará e1 plano y dibujará el perfil de tal edificio, é indicará el costo probable de la obra, incluye el valor de la faja de terreno.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 609 de 1882