° Créase una entidad permanente que se denominará Sección Técnica de las Empresas Públicas de Cartagena, la cual se compondrá de un Jefe, que deberá ser ingeniero civil, matriculado y titulado, y del personal subalterno que a juicio de éste sea indispensable, de acuerdo con la magnitud de los estudios técnicos y proyectos que sea necesario elaborar.
Decreto 3380 de 1949 →Vigente
Artículo 2
Créase Una Entidad Permanente Que Se Denominará Sección Técnica De Las Empresas Públicas De Cartagena, La Cual Se Compondrá De Un Jefe, Que Deberá Ser Ingeniero Civil, Matriculado Y Titulado, Y Del Personal Subalterno Que A Juicio De Éste Sea Indispensable, De Acuerdo Con La Magnitud De Los Estudios Técnicos Y Proyectos Que Sea Necesario Elaborar
Decreto 3380 de 1949 · Por el cual se dictan varias disposiciones relacionadas con las obras de Cartagena, de que trata la Ley 8ª de 1944
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.