Decreto 1601 de 1984 · Por el cual se reglamentan parcialmente los Títulos III, V y VII de la Ley 09 de 1979, en cuanto a Sanidad Portuaria y Vigilancia Epidemiológica en naves y vehículos terrestres
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
De las autorizaciones sanitarias . El Ministerio de Salud o su autoridad delegada cuando quiera que se cumplan los requisitos señalados en el presente Decreto sobre localización y diseño, además de los que establezcan las disposiciones pertinentes de carácter sanitario podrán expedir mediante resolución motivada las siguientes autorizaciones con respecto a terminales portuarios: a) "Autorización sanitaria de construcción"; b) "Autorización sanitaria dé remodelación"; c) "Autorización sanitaria de ampliación".
Parágrafo
La autorización sanitaria de remodelación podrá comprender la de ampliación y viceversa.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.