Micelio

Artículo 8

Medidas En Caso De Inconvenientes Técnicos Y Situaciones Especiales

Decreto 2242 de 2015 · por el cual se reglamentan las condiciones de expedición e interoperabilidad de la factura electrónica con fines de masificación y control fiscal.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Medidas en caso de inconvenientes técnicos y situaciones especiales. En caso de inconvenientes técnicos que impidan la generación y/o entrega de la factura electrónica entre el obligado a facturar y el adquirente, y/o la entrega del ejemplar para la DIAN, o en situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, aplicarán las medidas que establezca la DIAN en relación con

1.

Los sistemas del obligado a facturar electrónicamente o sus proveedores tecnológicos.

2.

Los sistemas del adquirente que recibe la factura en formato electrónico de generación.

3.

Los servicios informáticos electrónicos de la DIAN. Cuando se presenten situaciones especiales que impidan al obligado a facturar elec­trónicamente la expedición de la factura electrónica en alguna zona geográfica específica o se cancele o no se renueve la autorización a su proveedor tecnológico, aplicarán al obligado a facturar electrónicamente las medidas que establezca la DIAN. En estos eventos la DIAN señalará, cuando sea del caso, las alternativas de facturación que considere viables.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2242 de 2015