°. Medidas en caso de inconvenientes técnicos y situaciones especiales. En caso de inconvenientes técnicos que impidan la generación y/o entrega de la factura electrónica entre el obligado a facturar y el adquirente, y/o la entrega del ejemplar para la DIAN, o en situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, aplicarán las medidas que establezca la DIAN en relación con
Los sistemas del obligado a facturar electrónicamente o sus proveedores tecnológicos.
Los sistemas del adquirente que recibe la factura en formato electrónico de generación.
Los servicios informáticos electrónicos de la DIAN. Cuando se presenten situaciones especiales que impidan al obligado a facturar electrónicamente la expedición de la factura electrónica en alguna zona geográfica específica o se cancele o no se renueve la autorización a su proveedor tecnológico, aplicarán al obligado a facturar electrónicamente las medidas que establezca la DIAN. En estos eventos la DIAN señalará, cuando sea del caso, las alternativas de facturación que considere viables.