º El Gobieno Nacional, Ministerio de Hacienda y Crédito Público, efectuará las apropiaciones presupuestales que se requieran para reembolsar al Banco de la República los gastos de edición, publicidad, administración y demás que demande la emisión de los títulos.
Decreto 1645 de 1985 →Vigente
Artículo 6
º El Gobieno Nacional, Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, Efectuará Las Apropiaciones Presupuestales Que Se Requieran Para Reembolsar Al Banco De La República Los Gastos De Edición, Publicidad, Administración Y Demás Que Demande La Emisión De Los Títulos
Decreto 1645 de 1985 · Por el cual se ordena la "3ª emisión 1985" de los Títulos de Ahorro Nacional, Tan, y se señalan sus características financieras.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.