Micelio

Artículo 13

Vicerrectoría Administrativa Y Financiera

Decreto 217 de 2004 · por el cual se modifica la estructura de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia, UNAD, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Vicerrectoría Administrativa y Financiera . Son funciones de la Vicerrectoria Administrativa y Financiera

1.

Proponer, adoptar de acuerdo con la Rectoría, las políticas administrativas, financieras y de recursos materiales y físicos.

2.

Coordinar y adelantar la gestión administrativa, de personal, presupuestal, financiera, contractual, de compras, almacenamiento, suministros, inventarios, desarrollo y mantenimiento físico.

3.

Prestar apoyo administrativo y financiero a la Vicerrectoría Académica para garantizar la buena marcha de los programas a su cargo.

4.

Prestar el apoyo administrativo y financiero para garantizar la marcha y adecuado desempeño académico y administrativo de los Centros de Educación Abierta y a Distancia, CEAD.

5.

Organizar el sistema de archivo y correspondencia, sin perjuicio de la organización del Archivo Histórico a cargo de la Secretaría General.

6.

Organizar la gestión contractual de la Universidad y coordinar la revisión jurídica de los contratos con la Secretaría General.

7.

Administrar el Talento Humano, de conformidad con las normas legales y laborales aplicables y proyectar los actos administrativos que deban adoptarse en desarrollo de la gestión del talento humano.

8.

Administrar el proceso de ejecución, custodia y contabilización de los recursos financieros de acuerdo con las normas legales y reglamentarias establecidas y atender los requerimientos e informes de los órganos de Control.

9.

Organizar los procesos de compras, suministros, almacenamiento e inventarios de los recursos materiales y físicos necesarios para el normal funcionamiento de la Universidad.

10.

Organizar el proceso de administración de los servicios generales.

11.

Administrar los inmuebles a cargo de la Universidad y proveer los servicios de apoyo y mantenimiento de la infraestructura física existente.

12.

Dirigir, ejecutar, controlar y evaluar los programas de bienestar universitario, para cuyo efecto, en coordinación con la Vicerrectoría Académica establecerá y coordinará los programas de desarrollo intelectual, cultural, artístico, psíquico, afectivo, académico, espiritual, social y físico de los integrantes de la comunidad universitaria.

13.

Definir las estrategias para fomentar la participación de la comunidad universitaria en las actividades de bienestar institucional.

14.

Organizar los programas de bienestar institucional y universitario de acuerdo con los parámetros de calidad necesarios para la acreditación de los programas.

15.

Velar porque se respeten y se cumplan los deberes, derechos, planes y programas de Bienestar Universitario, adoptados oficialmente por la Universidad.

16.

Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia. CAPITULO V Centros de Educación Abierta y a Distancia, CEAD

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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