Micelio

Artículo 2

Ley 31 de 1959 · Por la cual se crea una Escuela Normal de Señoritas en el Departamento de Córdoba

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorizase al Ministerio de Educación Nacional para que oportunamente tome las medidas indispensables que garanticen el eficaz y cabal cumplimiento de lo ordenado en esta Ley y para determinar si se establece Normal rural o Normal Superior, previo estudio de las necesidades regionales. Con tal fin, el Ministerio incluirá dentro de su presupuesto global las partidas indispensables para la fundación y pronto funcionamiento de la Escuela Normal que se crea por medio de la presente Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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