Micelio

Artículo 25

El Plan De Estudios Se Dividirá En Dos Periodos Así: Un Primer Periodo, De Tres Meses, Para La Enseñanza Teóricas Y Prácticas Dentro De La Escuela; Y Un Segundo Periodo De Mes Y Medio, Para Las Mismas Enseñanzas Los Días Lunes, Miércoles Y Viernes, Y Para Las De Cultura Profesional Los Días Martes Jueves Y Sábados De Cada Semana

Decreto 945 de 1940 · Orgánico de la Escuela de Policía General Santander

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El plan de estudios se dividirá en dos periodos así: un primer periodo, de tres meses, para la enseñanza teóricas y prácticas dentro de la Escuela; y un segundo periodo de mes y medio, para las mismas enseñanzas los días lunes, miércoles y viernes, y para las de cultura profesional los días martes jueves y sábados de cada semana. La distribución de tiempo en ambos periodos, está a cargo de la Dirección. 8°. Número de alumnos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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