Adquisición de bienes muebles. La adquisición de bienes muebles que requiere el Instituto se hará conforme a las disposiciones del Decreto 2370 de 1068. Las compras directas que pueda realizar, de acuerdo con el mismo Decreto, se ajustarán a las disposiciones generales vigentes sobre la materia y a las particulares que se consagren en los actos de la Junta Directiva.
Decreto 331 de 1970 →Vigente
Artículo 30
Adquisición De Bienes Muebles
Decreto 331 de 1970 · Por el cual se aprueban los estatutos del Instituto Nacional de Fomento Municipal
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.