Inscripciones . Las personas interesadas en intervenir en la audiencia pública, deberán inscribirse en la secretaría general o la dependencia que haga sus veces en las autoridades ambientales, alcaldías o personerías municipales, a través del formato que para tal efecto elaborará el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. En todos los casos deberán anexar un escrito relacionado con el objeto de la audiencia pública.
Las personas interesadas en intervenir en la audiencia pública, podrán realizar su inscripción a partir de la fijación del edicto al que se refiere el artículo 7° del presente decreto y hasta con tres (3) días hábiles de antelación a la fecha de su celebración.