Micelio

Artículo 21

Siempre Deberá, Llevarse El Sable Pendiente De Los Tiros

Decreto 1720 de 1926 · Por el cual se reglamenta el uniforme del Ejército

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Siempre deberá, llevarse el sable pendiente de los tiros. Dentro de los cuarteles, oficinas, acantonamiento, vivac, o plazas, de ejercicios, en las horas que no sean del servicio se podrá dejar el sable. Se permita dejar momentáneamente el sable para montar en el picadero y cuando se vaya de paseo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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