Auditoría de verificación. llevará a cabo por parte de la autoridad designada, con una periodicidad anual, teniendo en cuenta el tiempo otorgado, con el fin de refrendar el Certificado Internacional de Protección del buque o la Declaración de Cumplimiento de la instalación portuaria, según corresponda, y determinará el grado de conformidad del Sistema de Protección marítima, en cumplimiento a lo establecido por el Código PBIP, y la regulación Nacional que, en materia de Protección Marítima, expida la autoridad designada, asegurando que se mantienen vigentes las medidas y procedimientos para la seguridad física determinados en el Plan de Protección aprobado por la autoridad designada.
TEXTO CORRESPONDIENTE A