La pavimentación de esa carretera será atendida con los siguientes recursos: con las partidas que en los Presupuestos Nacionales se apropiaren especialmente con este objeto; con las sumas equivalentes a la economía de gastos de conservación de esta carretera que, al irse pavimentando, haga la Nación sobre la suma total que hoy destina con ese fin; con los fondos que destinaré el Departamento del Valle del Cauca, y con los recursos de que trata el artículo 3º de esta Ley.
Ley 63 de 1948 →Vigente
Artículo 2
Ley 63 de 1948 · Por la cual se fija el alcance del artículo 1° de la Ley 18 de 1939 y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.