Micelio

Artículo 4

Estructura Del Programa Prass

Decreto 1374 de 2020 · Por el cual se optimiza el Programa de Pruebas, Rastreo y Aislamiento Selectivo Sostenible - PRASS, para el monitoreo y seguimiento de casos y contactos de COVID – 19 en Colombia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Estructura del programa PRASS. El Programa PRASS, bajo la coordinación del Ministerio de Salud y Protección Social, operará de manera articulada con los siguientes actores quienes serán responsables de implementarlo: 4.1. Secretarias de salud del orden departamental, distrital y municipal o las entidades que hagan sus veces: 4.1.1. Líderes PRASS 4.1.2. Equipos de rastreo de las secretarias de salud departamentales y distritales 4.1.3. Equipos de vigilancia en salud pública de los niveles departamental, distrital y municipal. 4.2 . Equipos de rastreo de las entidades a cargo del aseguramiento en salud 4.3. Equipos de rastreo del Centro de Contacto Nacional de Rastreo - CCNR 4.4. Instituto Nacional de Salud - INS, 4.5. Prestadores de servicios de salud Las entidades responsables destinarán los recursos técnicos, tecnológicos, comunicacionales y financieros necesarios para la operación y sostenibilidad del programa, de conformidad con sus competencias y obligaciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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