Micelio

Artículo 1

Decreto 1396 de 1999 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 3a. de 1991

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Determinación de puntajes para calificación de postulaciones. De conformidad con lo previsto en el artículo 7º de la Ley 3º de 1991, en concordancia con el artículo 46 del Decreto 824 de 1999, las postulaciones aceptables que conforman el Registro Unico de Postulantes al Subsidio Familiar de Vivienda, deberán calificarse de acuerdo con la ponderación de las variables de condiciones socioeconómicas y ahorro previo de los postulantes. Para efectos de determinar el puntaje de calificación de cada postulante, se aplicará la siguiente fórmula: Puntaje = [36.584 x Bl] + [11.261 x B2] + [36.788 x 1331 + [21.745 x B4] + [408.603 x B5] + [0.496 x B6] + [7.907 x B7] + [6.796 x B8]- 33.006. Para la aplicación de la fórmula antes enunciada deberá tenerse en cuenta que: B1 = Puntaje Sisben. Si el Puntaje es 1 o 2, B1 es igual a 1. Para los demás puntajes o sin carnet Sisben, B1 es igual a 0. B2 = Número de miembros del hogar. B2 es igual al número de miembros del hogar. Si el hogar es de 5 o más miembros, B2 es igual a 5. B3 = Condición de mujer cabeza de familia. Si el jefe de hogar es mujer, B3 es igual a 1. Si no lo es, B3 es igual a 0. B4 = Tipo de Vivienda a la cual el postulante aplicará el subsidio. Si la vivienda a la que este postulando es de tipo 1, B4 es igual a 5. Si es de tipo 2, B4 es igual a 4. Si es de tipo 3, B4 es igual a 3. Si es de tipo 4, B4 es igual a 2 y si es de tipo 5, B4 es igual a 1. B5 = Ahorro programado y/o cesantías como porcentaje, en relación al tipo de la vivienda expresado en pesos. Se obtiene de dividir el valor ahorrado y/o el valor de las cesantías, en pesos, sobre el tipo de la vivienda, expresado en pesos. B5 igual (ahorro + cesantías)/ Tipo de la vivienda expresado en pesos. El valor mínimo de B5 es 0% B6 = Tiempo de ahorro. Se contabiliza el número de meses desde la fecha de apertura de la cuenta de ahorro para la vivienda o desde la fecha en que el postulante oficializó su compromiso de aplicar a la vivienda sus cesantías de acuerdo con establecido en el artículo número 31 del Decreto 824 de 1999. Cuando el postulante acredite tanto la apertura de la cuenta como la formalización del compromiso antes citado el tiempo del ahorro se contará a partir de la fecha más antigua. B7 = Número de veces que ha postulado B8 = Cumplimiento del compromiso del ahorro. Si lo cumple, B8 es igual a 1, si no lo cumple B8 es igual a 0.

Parágrafo 1

El puntaje resultante de la aplicación de la fórmula para cada postulante podrá alcanzar un máximo de 1.000 puntos y el resultado final se expresará con seis (6) decimales.

Parágrafo 2

Para efecto de las asignaciones de subsidios familiares de vivienda, que se realicen durante el segundo semestre de 1999, el valor de la variable tiempo de ahorro (B6) será 0. La variable número de veces que ha postulado (B7), solamente se aplícará a partir de la segunda asignación de subsidios de 1999.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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