Micelio

Artículo 64

El Tiempo De Servicio En Guerra Internacional O Conmoción Interior Desde La Fecha En Que Se Declare Turbado El Orden Público, Hasta La Expedición Del Decreto Por El Cual Se Restablezca La Normalidad, Se Computará Como Tiempo Doble De Servicio Excepto Para Los Ascensos, Sueldos De Actividad Y Otorgamiento De Condecoraciones De Servicio

Decreto 2295 de 1954 · Por el cual se organiza la carreta profesional de los Oficiales de las Fuerzas de Policía

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El tiempo de servicio en guerra internacional o conmoción interior desde la fecha en que se declare turbado el orden público, hasta la expedición del Decreto por el cual se restablezca la normalidad, se computará como tiempo doble de servicio excepto para los ascensos, sueldos de actividad y otorgamiento de condecoraciones de servicio.

Parágrafo

En ningún caso se computarán dobles los tiempos de permanencia en las Escuelas de Formación de Oficiales en calidad de alumnos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2295 de 1954