Micelio

Artículo 321

Decreto 1238 de 1892 · Orgánico de la Instrucción pública secundaria y profesional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 321. Cuando lo determine el Gobierno de la Nación, para lo cual puede mediar petición del Director, se publicará en Medellín, por cuenta de la Nación, un periódico que llevará por título Anales de la Escuela Nacional de Minas de Medellín, en el que imprimirán el Decreto orgánico de la Escuela, el resultado de los exámenes y certámenes, lo relativo á expedición de diplomas, las resoluciones del Director y de la Junta Directiva, los programas de los cursos, los registros de asistencia, las tesis de grado que hayan sido aprobadas, los trabajos y noticias científicas importantes, y, en fin, todo lo que conduzca á hacer conocer la organización y labores de la Escuela y á disfrutar en el país prácticas y provechosas enseñanzas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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