Micelio

Artículo 36

Corresponde A La Junta Departamental De La Vivienda Popular Resolver En Cada Caso Particular, Cuando El Adjudicatario De Los Expresados En La Ley 85 De 1946 No Esta Obligado A Destinar La Vivienda Para Habitación Suya O De Sus Parientes

Decreto 898 de 1949 · por el cual se aprueba el acuerdo de la Junta Directiva del instituto de Crédito Territorial.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Corresponde a la Junta Departamental de la Vivienda Popular resolver en cada caso particular, cuando el adjudicatario de los expresados en la Ley 85 de 1946 no esta obligado a destinar la vivienda para habitación suya o de sus parientes. (Regla 5ª Artículo 11 Ley 85 de 1946).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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