Micelio

Artículo 21

El Instituto De Investigaciones Ambientales Del Pacífico “john Von Neumann”

Ley 99 de 1993 · por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Créase el Instituto de Investigaciones Ambientales del Pacífico “John von Neumann” el cual se organizará como una Corporación Civil sin ánimo de lucro. de carácter público pero sometida a las reglas de derecho privado, organizada en los términos establecidos por la Ley 29 de 1990 y el Decreto 393 de 1991, vinculada al Ministerio del Medio Ambiente, con autonomía administrativa, personería jurídica y patrimonio propio. Podrán asociarse al Instituto de Investigaciones Ambientales del Pacífico las entidades públicas, corporaciones y fundaciones sin ánimo de lucro, organizaciones no gubernamentales nacionales e internacionales, universidades y centros de investigación científica, interesados en la investigación del medio ambiente del Litoral Pacífico y del Chocó Biogeográfico.

El instituto tendrá su sede principal en la ciudad de Quibdó en el Departamento del Chocó.

El Instituto de Investigaciones Ambientales del Pacífico “John von Neumann” asociará en sus investigaciones al Instituto de Estudios del Pacífico de la Universidad del Valle.

Parágrafo 1

La Nación apropiará anualmente en el capítulo correspondiente al Ministerio del Medio Ambiente los recursos y transferencias necesarios para atender los gastos de funcionamiento e inversión del Instituto.

Parágrafo 2

A partir de la vigencia de esta Ley, el Instituto “John Von Neuman” se hará cargo del proyecto BIOPACIFICO hoy a cargo del INDERENA.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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