Artículo décimotercero. Los cargos de que trata el artículo anterior serán provistas de personal nacional o extranjero, en la medida en que el servicio del Departamento lo requiera. El Jefe del Departamento queda facultado para llenar los cargos que se crean en este Decreto por medio de resoluciones, las cuales serán aprobadas por el Presidente de la República. El Jefe del Departamento podrá contratar lo servicios de técnicos cuando lo estime necesario para el buen funcionamiento de la dependencia a su cargo. Los contratos que celebre deberán tener el visto bueno del Consejo y ajustarse a los trámites legales usuales para esta clase de obligaciones.
Decreto 239 de 1959 →Vigente
Artículo 13
Decreto 588 De 1959
Decreto 239 de 1959 · Por el cual se determinan el personal y funciones del Departamento Administrativo Nacional de Planeación y Servicios Técnicos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.