Micelio

Artículo 21

De La División De Interventoría

Decreto 2332 de 1977 · Por el cual se reorganiza el Departamento de Aeronáutica Civil

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De la División de Interventoría . Son funciones de la División de Interventoría

1.

Dirigir o supervisar la ejecución de las obras públicas a cargo del Departamento o del Fondo Aeronáutico Nacional, sea que se efectúen directamente o por contrato, y exigir la sujeción de las mismas a los proyectos y especificaciones correspondientes;

2.

Estudiar y proponer las modificaciones necesarias a los contratos de obras públicas celebrados por el Departamento o por el Fondo Aeronáutico Nacional, todo de conformidad con las disposiciones vigentes;

3.

Velar por la ejecución del presupuesto asignado a cada contrato de obras públicas celebrado por el Departamento o el Fondo Aeronáutico Nacional;

4.

Coordinar sus actividades con las demás dependencias, a fin de que pueda cumplir las labores de control que la competen;

5.

Recibir, conforme a los proyectos y condiciones específicas pactadas, las obras públicas que hayan sido contratadas y evaluar sus resultados;

6.

Rendir los informes sobre el estado de ejecución de las obras de supervisión, señalando las sugerencias necesarias para su mejor desarrollo;

7.

Llevar el control de los contratos de obras públicas, evaluar los resultados de los mismos y exigir las recomendaciones técnicas- para la conservación de las obras entregadas al Departamento;

8.

Realizar o revisar las pruebas de control de calidad y el diseño de mezclas para asegurar el cumplimiento da las especificaciones adoptadas;

9.

Las demás que le sean encomendadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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