Micelio

Artículo 10.7.2.1.5

Régimen De Inversión De Los Recursos De La Cuenta De Ahorro Educativo Voluntario

Decreto 2555 de 2010 · por el cual se recogen y reexpiden las normas en materia del sector financiero, asegurador y del mercado de valores y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Régimen de inversión de los recursos de la cuenta de ahorro educativo voluntario . Los recursos provenientes de las cuentas de ahorro educativo voluntario se invertirán en los siguientes activos

1.

Títulos de Tesorería emitidos por la Nación.

2.

Depósitos a la vista en establecimientos de crédito autorizados legalmente, los cuales deben contar con una calificación de riesgo crediticio de largo plazo igual o superior a AA+, o su equivalente, otorgada por una sociedad calificadora de riesgo vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia.

3.

Certificados de depósito a término emitidos por establecimientos de crédito autori­zados legalmente, los cuales deben contar con una calificación de riesgo crediticio de largo plazo igual o superior a AA+, o su equivalente, otorgada por una sociedad calificadora de riesgo vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia.

4.

Emisiones de bonos o papeles comerciales que deben contar con una calificación de riesgo de largo plazo de emisor y de emisión igual o superior a AA+, o su equivalente, otorgada por una sociedad calificadora de riesgo vigilada por la Su­perintendencia Financiera de Colombia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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