Artículo decimotercero. Los empresarios de desmote, las fábricas textiles y las fábricas de grasas y aceites vegetales, quedan en la obligación de suministrar al Instituto de Fomento algodonero información mensual y detallada sobre compras, ventas, consumo y movimiento de materias primas nacionales o extranjeras, para fines estadísticos.
Decreto 3104 de 1956 →Vigente
Artículo 13
Decreto 3104 de 1956 · Sobre precios de compra y modalidades del mercado de algodón y oleaginosas de producción nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.