Invitados permanentes al CERREM Colectivo. Serán invitados permanentes, con derecho a voz pero sin voto al Comité de Evaluación de Riesgo y Recomendación de Medidas de Protección Colectiva - CERREM Colectivo, las siguientes personas:
El Procurador General de la Nación, o su delegado.
El Defensor del Pueblo, o su delegado.
El Fiscal General de la Nación, o su delegado.
El Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, o su delegado.
El Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados ACNUR, o su delegado, cuando se trate de casos de población desplazada.
Un (1) delegado de la comunidad o grupo objeto del programa de protección colectiva, quien estará presente exclusivamente en el análisis del caso de la comunidad o grupo que representa.
En los casos en los cuales se identifique que la adopción de las medidas de protección colectiva está a cargo de entidades que no están enunciadas en este Capítulo, se convocará a los responsables de dichas entidades en la materia.
TEXTO CORRESPONDIENTE A