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Artículo 1

Asignaciones Básicas

Decreto 312 de 2018 · por el cual se establece la escala salarial de los empleos públicos de las Agencias Estatales de Naturaleza Especial, del sector descentralizado de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. ASIGNACIONES BÁSICAS. A partir del 1° de enero de 2018, fíjense las siguientes escalas de asignaciones básicas mensuales para los empleos públicos de las Agencias Estatales de Naturaleza Especial, del sector descentralizado de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional: GRADO SALARIAL DIRECTIVO ASESOR PROFESIONAL TÉCNICO 1 $10.513.105 $5.370.060 $1.773.036 $1.120.584 2 $11.488.874 $5.876.769 $1.974.295 $1.329.424 3 $12.987.423 $6.314.827 $2.200.816 $1.451.313 4 $13.643.974 $6.752.881 $2.437.571 $1.621.719 5 $14.926.396 $7.776.286 $2.718.781 $1.740.818 6 $16.887.838 $8.815.153 $2.953.942 $1.794.904 7 $17.491.235 $9.827.136 $3.164.630 $1.870.447 8 $19.452.675 $10.513.105 $3.596.463 $1.984.891 9 $11.488.876 $3.976.265 $2.097.049 10 $12.987.423 $4.509.135 $2.234.117 11 $4.880.687 $2.477.510 12 $5.227.663 $2.722.574 13 $5.622.969 14 $5.994.520 15 $6.817.380 16 $7.405.986 17 $7.978.248 18 $8.766.680 19 $9.685.663

Parágrafo

Las asignaciones básicas mensuales de las escalas señaladas en el presente artículo corresponden a empleos de carácter permanente y de tiempo completo. Se podrán crear empleos de medio tiempo, los cuales se remunerarán en forma proporcional al tiempo trabajado y con relación a la asignación básica que les corresponda. Se entiende, para efectos de este decreto, por empleos de medio tiempo los que tienen jornada diaria de cuatro (4) horas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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