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Artículo 74

Las Funciones Que Están Contempladas En El Presente Decreto Para Secciones Que No Aparecen En La Descripción De La Estructura De Algunas Administraciones Según El Artículo Anterior, Serán Cumplidas Por La División Correspondiente

Decreto 74 de 1976 · Por el cual se modifica la estructura de la dirección general de impuestos nacionales del ministerio de hacienda y crédito público, se suprimen unos cargos y se redistribuyen funciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las funciones que están contempladas en el presente Decreto para secciones que no aparecen en la descripción de la estructura de algunas Administraciones según el artículo anterior, serán cumplidas por la División correspondiente. Las funciones de la División de Recursos Tributarios quedan adscritas al Despacho del Administrador en los casos en que no aparece esta División. ADMINISTRACCION (sic) DE IMPUESTOS NACIONALES

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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