Micelio

Artículo 42

Decreto 409 de 1971 · por el cual se introducen reformas al Código de Procedimiento Penal y se codifican todas sus normas.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Competencia a prevención. Si la infracción se cometió en varios lugares o en el extranjero o en sitio desconocido, prevendrá en el conocimiento el juez competente por la naturaleza del hecho del lugar en que primero se formule la denuncia, o en que primero se inicie la istrucción, y en igualdad de circunstancias, el del lugar en que primero se haya aprehendido al procesado.

De los procesos por delitos continuados o permanentes que se cometieren en lugares pertenecientes a distintas jurisdicciones, conocerán a prevención los jueces de todas ellas.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 409 de 1971