Micelio

Artículo 12

Derogado

Decreto 2132 de 1992 · por el cual se reestructuran y se fusionan entidades y dependencias de la administración nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 12.

1.

Las asignadas por la ley en materia de cofinanciación al Fondo de Desarrollo Rural Integrado;

2.

Adoptar, en coordinación con los demás Fondos a que se refiere este Decreto, las reglamentaciones sobre el sistema de cofinanciación relativas a las materias de que trata el artículo 23;

3.

Celebrar contratos de cooperación científica y técnica con entidades nacionales o extranjeras, para la mejor realización de su objeto;

4.

Ejercer las funciones que otras entidades públicas le deleguen, siempre y cuando sean compatibles con su objeto.

5.

Las demás que le asignen la Constitución o la ley.

Parágrafo

El Fondo de Cofinanciación para la Inversión Rural - DRI continuará desarrollando las actividades indispensables para el cumplimiento de los contratos y convenios celebrados hasta la fecha de vigencia de este Decreto por el Fondo de Desarrollo Rural Integrado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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