° Autorízase a los agentes postales y Administradores Principales de Correos, para contratar de conformidad con lo dispuesto el establecimiento de expendios particulares de especies postales en las localidades y dentro de las partidas que se fijan en seguida para cada mes: Bogotá 210 Barranquilla, Cali y Medellín, cada una 40 Cartagena, Cúcuta y Manizales, cada una 20 Bucaramanga, Honda e Ibagué, cada una 20 Girardot, Neiva, Pasto, Popayán y Tunja, cada una 10
Artículo 4
Autorízase A Los Agentes Postales Y Administradores Principales De Correos, Para Contratar De Conformidad Con Lo Dispuesto El Establecimiento De Expendios Particulares De Especies Postales En Las Localidades Y Dentro De Las Partidas Que Se Fijan En Seguida Para Cada Mes: Bogotá 210 Barranquilla, Cali Y Medellín, Cada Una 40 Cartagena, Cúcuta Y Manizales, Cada Una 20 Bucaramanga, Honda E Ibagué, Cada Una 20 Girardot, Neiva, Pasto, Popayán Y Tunja, Cada Una 10
Decreto 58 de 1930 · Por el cual se reglamenta el establecimiento de expendios de especies postales a cargo de particulares
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.