Micelio

Artículo 1

Decreto 2282 de 2001 · por el cual se adiciona y modifica el Decreto 2225 del 30 de octubre de 2000.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Adiciónase la siguiente definición al artículo 1º del Decreto 2225 del 30 de octubre de 2000: "Prestador del Servicio de Transporte o Transportador . De acuerdo con la Resolución CREG71 de 1999, se considerarán como tales, las personas de que trata el Título I de la Ley 142 de 1994 que realicen la actividad de Transporte de Gas desde un Punto de Entrada hasta un Punto de Salida del Sistema Nacional de Transporte y que reúnen las siguientes condiciones, de acuerdo con la Regulación de la CREG

a)

Capacidad de decisión sobre el libre acceso a un Sistema de Transporte siempre y cuando dicho acceso sea técnicamente posible; y

b)

Que realice la venta del Servicio de Transporte a cualquier Agente mediante Contratos de Transporte".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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