Micelio

Artículo 23

Del Decreto-Ley 3135 De 1968

Decreto 2575 de 1970 · Por el cual se dictan normas para el funcionamiento de los Sanatorios de Aguas de Dios y Contratación

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo veintitrés. Todas las personas que presten sus servicios de manera permanente a los Sanatorios son empleados públicos, conforme a lo dispuesto, por el artículo 5° del Decreto-ley 3135 de 1968.

Parágrafo

No quedan cobijados por esta disposición las personas que eventualmente se vinculan al Sanatorio por medio de contrato de trabajo, para desempeñar las siguientes actividades: Servicios profesionales ocasionales en materia de asesoría técnica, científica, jurídica o económica. Construcción, dotación o sostenimiento de obras públicas. Labores de aseo, servicios de alimentación, lavado y planchado de ropas, asistencia doméstica.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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