°. En concordancia con los consideraciones que preceden, reconócese y ordénase el reintegro al Departamento de Giros del Ministerio de Comunicaciones, la suma 4 e veintinueve mil setecientos cincuenta pesos ($ 29,750.00) moneda legal, valor de doscientos treinta y ocho (238) uniformes de paño, compuestos de saco cruzado, dos pantalones y gorra, a razón de $ 125.00 unidad, que suministró al citado Ministerio Confecciones Industriales Hermega Limitada, y que pagó de sus fondos a ésta, de acuerdo con las cláusulas contractuales.
El giro de la suma reconocida en este Decreto, se hará al Cajero Principal del Departamento de Giros del Ministerio de Comunicaciones, mediante orden de pago definitiva, con cargo a las siguientes apropiaciones presupuéstales, correspondientes a la presente vigencia, previa la constitución de la reserva certificada respectiva: AL CAPITULO 502 Artículo 5038. La suma de doce mil ochocientos setenta y cinco pesos, correspondiente a 103 uniformes suministrados a los Carteros del ramo de Correos, en Bogotá, D. E $ 12.875.00 AL CAPITULO 503 Artículo 5060. La suma de diez y seis mil ochocientos setenta y cinco pesos, correspondiente a 135 uniformes suministrados a los Carteros del ramo de Telégrafos, en Bogotá, D. E 16.875.00 Total $ 29.750.00