° Adiciónase el siguiente artículo: Los “Bonos Agrarios - Ley 30 de 1988” que hayan sido expedidos directamente por el Incora, en virtud del Decreto 2220 de 1988, podrán ser sustituidos por otros que se expidan a través del Banco de la República, los cuales conservarán las fechas de emisión y expedición y las demás características financieras; en los nuevos títulos se registrarán los pagos efectuados por concepto de capital e intereses. Esta sustitución se efectuará al momento de la presentación de los títulos, inicialmente expedidos por el Incora, al Banco de la República para efectos del pago de capital o intereses.
Decreto 614 de 1990 →Vigente
Artículo 3
Adiciónase El Siguiente Artículo: Los “bonos Agrarios - Ley 30 De 1988” Que Hayan Sido Expedidos Directamente Por El Incora, En Virtud Del Decreto 2220 De 1988, Podrán Ser Sustituidos Por Otros Que Se Expidan A Través Del Banco De La República, Los Cuales Conservarán Las Fechas De Emisión Y Expedición Y Las Demás Características Financieras; En Los Nuevos Títulos Se Registrarán Los Pagos Efectuados Por Concepto De Capital E Intereses
Decreto 614 de 1990 · por el cual se modifica y adiciona el Decreto 144 de 1990.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.