Micelio

Artículo 37

Decreto 2649 de 1988 · Por el cual se determinan la estructura y funciones de la Dirección General de Aduanas y del Fondo Rotatorio de Aduanas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de las Administraciones de Aduana

a)

Conforme a las competencias definidas en las disposiciones legales y dentro de su jurisdicción, la prestación de los servicios aduaneros para la importación, exportación, tránsito y almacenamiento de mercancías mediante la administración, aplicación y el control de los regímenes aduaneros respectivos;

b)

La aplicación liquidación y recaudo según el caso de los impuestos, derechos, tasas, contribuciones, multas, recargos y los demás gravámenes que establezcan las disposiciones legales;

c)

Atender lo relacionado con la constitución, efectividad y cancelación de garantías a favor de la Nación;

d)

El almacenamiento de la mercancías depositada en el Fondo Rotatorio de Aduanas, en el territorio de su jurisdicción;

e)

La prevención y represión del contrabando dentro del territorio de su jurisdicción y colaborar con la Subdirección de Investigación y Represión del Contrabando en las actividades relacionadas con la prevención, represión y aprehensión del contrabando.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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