Micelio

Artículo 18

Presentada La Demanda El Juez Librará Despacho Al Respectivo Registrador De Instrumentos Públicos Y Privados A Fin De Que Se Abstenga De Registrar Cualquier Acto Que Varíe, Cambie, Grave O Limite El Dominio Del Bien O Bienes Especificados En La Respectiva Demanda

Decreto 407 de 1949 · Por el cual se dictan unas disposiciones sobre aguas de uso público y aprovechamiento de las mismas

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Presentada la demanda el Juez librará despacho al respectivo Registrador de Instrumentos Públicos y Privados a fin de que se abstenga de registrar cualquier acto que varíe, cambie, grave o limite el dominio del bien o bienes especificados en la respectiva demanda.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 407 de 1949