Micelio

Artículo 2

La Dotación De Personal De La Capitanía De Puerto Elevada A Primera Categoría Será La Misma Consagrada En El Artículo 1° Numerales 5° Y 6° Del Decreto Número 495 De 1968

Decreto 2161 de 1975 · Por el cual se eleva de categoría un Puerto de la República

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. La dotación de personal de la Capitanía de Puerto elevada a Primera Categoría será la misma consagrada en el artículo 1° numerales 5° y 6° del Decreto número 495 de 1968.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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