Micelio

Artículo 2

Obligatoriedad De Fortificación

Decreto 1944 de 1996 · por el cual se reglamenta la fortificación de la harina de trigo y se establecen las condiciones de comercialización, rotulado, vigilancia y control.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Obligatoriedad de fortificación. La harina de trigo que se comercializa en el territorio nacional deberá estar fortificada con vitamina B 1, vitamina B 2, niacina, acido fólico y hierro.

Parágrafo

La adición de calcio podrá hacerse de manera opcional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1944 de 1996