Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente; MINISTERIO DE MINAS Y PETROLEOS CAPITULO 89 División Nacional de Minas . Ala. Del artículo 1169. Para viáticos y gastos de transporte del personal de la División Nacional de Minas cuando viaje en comisiones aficiales, en la presente vigencia y anteriores $ 8.000.00 Ala. Del artículo 1170. Para jornales eventuales de cadeneros, portamiras y demás personal obrero He las comisiones mineras, acarreos, sostenimiento de semovientes, material de campo, y demás gastos inherentes a las comisiones de exproración de la División Nacional de Minas, en la presente vigencia y anteriores 5.000 00 Suman los conrtacréditos 13.000.00 CAPITULO 92 Laboratorio Químico Nacional. Cla(b). Al artículo 1192. Para instalaciones, montaje y demás gastos que demande el funcionamiento de la maquinaria y equipo del Laboratorio Químico Nacional, en el año 2.000.00 CAPITULO 95 Gastos varios. Cla(b). Al artículo 1205. Para reparación y conservación, aseguro y repuesto de vehículos automotores y bicicletas, en la presente vigencia y anteriores 5.000.00 Cla(b) Al artículo 1214. Para reparaciones menores, y adaptación de locales al servició de las dependencias del Ministerio de Minas y Petróleos, en la presente vigencia y anteriores 6.000,00 Suman los créditos $ 19.000.00
Decreto 2215 de 1955 →Vigente
Artículo 1169
Para Viáticos Y Gastos De Transporte Del Personal De La División Nacional De Minas Cuando Viaje En Comisiones Aficiales, En La Presente Vigencia Y Anteriores $ 8
Decreto 2215 de 1955 · Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente (Ministerio de Minas y Petróleos)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.