Micelio

Artículo 11

Decreto 3267 de 1954 · Por el cual se promulga la Convención sobre el Instituto Interamericano de Ciencias Agrícolas

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Estados Contratantes acuerdan hacer extensiva al Instituto, desde luego dentro de sus respectivos territorios, y entre unos y otros, la franquicia postal establecida en las Convenciones Postales Interamericanas en vigencia, pidiendo a los Estados Miembros de la Unión Panamericana que no hayan ratificado la presente Convención, que concedan al Instituto dicha prerrogativa.

"Exención de impuestos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3267 de 1954